Después del número de mujeres asesinadas, 17, que llevamos en los dos primeros meses del año siguen sorprendiendo sentencias como la que apareció el pasado 1 de marzo en El País: “Condena de siete meses a un agresor por falta de indicios de angustia en la víctima”. La Fiscalía pedía 9 años de cárcel por delitos de agresión sexual y maltrato habitual. Aunque el tribunal consideró acreditada la agresión a la mujer por los informes forenses aportados, desestimó el presunto delito de agresión sexual, al considerar que “el testimonio de la víctima no probó la comisión del citado delito”.
¿Cómo tiene que presentarse la mujer ante un juicio, meses o incluso años después de los hechos que se juzgan, para que su testimonio sea creíble, aportando incluso informes médicos?
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